domingo, 11 de septiembre de 2011
miércoles, 7 de septiembre de 2011
FORO DE DERECHOS HUMANOS 2011
sobre Derechos Humanos
Fecha: Septiembre 12 de 2011
Material preparado Guillermo A. Márquez
Profesor de Ciencias Sociales y Filosofía
Agradecemos a los Docentes y Estudianrtes que acepten el reto!
PRESENTACIÓN
Los derechos humanos son la más importante conquista de la humanidad. Ningún otro descubrimiento, ningún resultado del ingenio o la creatividad humana es más noble, más notable, más hermoso y más importante para hombres y mujeres que el catálogo simple de aquellos derechos que no nos pueden ser arrebatados por nadie y que nos tienen que ser respetados por todos. En efecto, los derechos humanos, consagrados hoy en múltiples textos de derecho internacional y en todas las constituciones democráticas del mundo, son necesarios para que la comunidad política pueda ser una comunidad realmente justa y civilizada. Allí donde no hay conciencia de los derechos humanos, donde se cree que son meras formulaciones retóricas que el poder puede acomodar a su antojo, allí donde no existe una verdadera cultura de los derechos, las mujeres y hombres están desvalidos, inermes, frente a la injusticia y al atropello.
A este respecto resultan sabias las palabras del preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, según las cuales: “el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad”.
Sabemos, sin embargo, que el material que presentamos para este taller es insuficiente para la enorme tarea de educación en derechos humanos que todos debemos adelantar. No obstante, es un paso inicial en el camino que esperamos transitar hacia el rescate de lo que nos hace humanos: la dignidad de la persona.
OBJETIVO
Los y las estudiantes construirán el concepto de Derechos Humanos (DD.HH.) a partir de su realidad, interiorizarán su alcance, los Deberes de las personas y las comunidades y conocerán los principales documentos legales para su protección.
METODOLOGÍA:
El Taller se realizará en tres (3) momentos)
I. CONCEPTO DE DD.HH.
II. CUÁLES SON LOS DD.HH.
III. PROTECCIÓN LEGAL DE LOS DD.HH.
IV. ANALISIS DE CASOS
MATERIALES:
1. Tarjetas con preguntas
2. Tarjetas con Derechos Humanos
3. Tarjetones con Nombres de Grupos de Derechos Humanos
4. Listas con Derechos Humanos
5. Declaración Universal de los Derechos Humanos
6. Pliegos de papel período (5 o 6 por curso)
7. Marcadores de diferente color
I. CONCEPTO DE DD.HH.
1. Organizar el curso en pequeños grupos (5 o 6 estudiantes)
2. Materiales: tarjetas con preguntas, pliegos de papel periódico
3. Tiempo: 20 minutos
ACTIVIDADES
1. Proporcionar a los grupos tarjetas con las siguientes preguntas
- ¿QUÉ PROBLEMAS TIENES EN TU FAMILIA, COMUNIDAD, PAÍS?
- ¿QUÉ NECESITAMOS PARA TENER UNA VIDA DIGNA, PLENA, FELIZ Y EN ABUNDANCIA?
2. El docente recogerá las respuestas en dos pliegos de papel (uno para cada pregunta)
3. Las respuestas se retomarán para ubicar que:
a. Los problemas en los diferentes niveles son violaciones o incumplimiento de los DD.HH.
b. Lo que necesitamos para una vida digna representa precisamente nuestros DD.HH. A cada necesidad corresponde la posibilidad de un derecho.
4. Concepto.
Con base en los resultados del ejercicio anterior construir colectivamente el concepto de los DD.HH.
II. ¿CÚALES SON LOS DERECHOS HUMANOS?
Materiales:
1. Papelógrafos con respuestas al ejercicio anterior.
2. Tarjetas con DD.HH.
3. Papelógrafos con tres generaciones de DD.HH.
4. Tarjetones con nombres de grupos de DD.HH.
5. Hojas con listas de DD.HH.
Tiempo: 20 minutos.
ACTIVIDADES
Nombre de DD.HH.
1. Utilizando los papelógrafos del ejercicio anterior se menciona que le vamos a dar nombre a los problemas y necesidades, ya que correspondan a nuestros DD.HH.
2. Se distribuyen las tarjetas con DD.HH. y se pide a los/as estudiantes que las asocien con los problemas y necesidades y que pasen a colocarlas con cinta en el papelógrafo correspondiente.
3. Las que no tengan asociación se pegarán a un lado en forma de lista.
4. El Docente facilitador comentará y aclarará las dudas sobre los DD.HH. que no sean claros para los o las estudiantes. (Revisar documentos y páginas web recomendadas en blog manuela al día)
5. Grupos de DD.HH. y tres generaciones (Cada generación tiene un color diferente)
1. Se preguntará si identifican el porqué‚ de los colores.
2. Se mencionará que hay DD.HH. que se concretan en su goce y disfrute de forma individual, por ello se denominan DD.HH. individuales y también se llaman DD.HH. civiles y políticos.
3. Hay otros DD.HH. que gozamos o disfrutamos como integrantes de un grupo de la sociedad, y que por ello se denominan DD.HH. colectivos, o DD.HH. económicos, sociales y culturales.
4. Hay DD.HH. que los tenemos como pueblo o país y se llaman DD.HH. de los pueblos o DD.HH. de solidaridad.
5. Se debe comentar que cada uno de estos grupos de DD.HH. se ha ido conquistando y reconociendo poco a poco. Así los DD.HH. individuales fueron los primeros en reconocerse formalmente y por ello se denominan DD.HH. DE LA PRIMERA GENERACIÓN. Los DD.HH. colectivos o económicos, sociales y culturales se reconocen formalmente después, por eso son de la SEGUNDA GENERACIÓN, y los DD.HH. de solidaridad o de los pueblos son los últimos en reconocerse y son DD.HH. de la TERCERA GENERACIÓN.
6. Lo más importante en estos tres grupos de DD.HH. es el papel que juega el Estado (autoridades) frente a ellos. Esto es lo que determina que estos derechos sean considerados DD.HH, ya que estos los confrontamos solo frente al Estado, este es quien tiene obligación de respetarlos, procurarlos y defenderlos.
DD.HH.INDIVIDUALES------- ESTADO ----DEBE RESPETARLOS
DD.HH. COLECTIVOS-------- ESTADO ----DEBE PROCURARLOS
DD.HH. DE LOS PUEBLOS-- ESTADO ----DEBE DEFENDERLOS
DD.HH.INDIVIDUALES------- ESTADO ----DEBE RESPETARLOS
DD.HH. COLECTIVOS-------- ESTADO ----DEBE PROCURARLOS
DD.HH. DE LOS PUEBLOS-- ESTADO ----DEBE DEFENDERLOS
6. PROTECCIÓN DE LOS DD.HH.
Materiales
1. Folleto Declaración Universal de los Derechos Humanos.
2. Hojas con listas de derechos.
Metodología: Plenaria
Tiempo: 20 minutos.
ACTIVIDADES.
1. Comentarios sobre documentos legales de DD.HH.
a. Declaración Universal de DD.HH.
Este documento es formulado por la ONU para proteger a la humanidad después de la Segunda Guerra Mundial. Su carácter es solo DECLARATIVO, no obliga a los países a cumplirlo, sólo es una especie de guía moral.
b. Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Los países que lo ratifican se obligan a aplicarlo. Tienen que rendir informes periódicamente. Colombia ratificó este pacto. Este documento tiene un anexo que otorga facultades a los ciudadanos de los países que lo firmen para presentar quejas o denuncias ante la Comisión de DD.HH. de la ONU. Este documento se llama Protocolo Facultativo. COLOMBIA NO HA FIRMADO ESTE DOCUMENTO, por lo tanto, los colombianos no podemos presentar denuncias ante la ONU.
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c. Constitución Política de Colombia
Fue el resultado de la Asamblea Constituyente de 1991 y en ella se garantizan los derechos humanos de las tres generaciones.
d. Pacto internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Este pacto, como el anterior, fue formulado por los países de la ONU para garantizar su cumplimiento.
e. Convención Americana de DD.HH.
Este documento fue formulado por los países integrados en la OEA, fue firmado por Colombia, los colombianos podemos presentar denuncias ante la Corte Interamericana de DD.HH. de la OEA. (el docente debe citar ejemplos)
7. DEBATE SOBRE CASOS
Materiales: Hojas con el texto el caso para analizar
Metodología: La lecturas deben ser realizadas por el Docente o por un estudiante que lo haga de la mejor manera. (De acuerdo a los criterios del docente y teniendo en cuenta la realidad del curso se escoge una o dos lecturas de las propuestas. Sin embargo si el docente prefiere puede realizar otra lectura que permita cumplir los objetivos del taller.
Luego de la lectura se procede al Análisis por grupos y se concluye en una Plenaria
Tiempo: 20 minutos.
“¡Una familia desaparecida!”
Siendo las 3 de la tarde del 10 de diciembre de 1982, en una calle de Bogotá y ante la presencia de varios transeúntes, fueron detenidas la señora Patricia Rivera y sus dos pequeñas hijas, Eliana de 9 años y Katherine de 4 años, por varios hombres que se identificaron como pertenecientes a un organismo de seguridad del Estado. La señora Patricia Rivera y sus dos hijas opusieron resistencia cuando fueron obligadas por los hombres a introducirse en un taxi.
Un señor de 74 años, don Marco Antonio Crespo, que trató de protegerlas y de impedir que se las llevaran a la fuerza fue también obligado, después de ser golpeado, a introducirse en el mismo vehículo. Hasta la fecha ni la señora Patricia Rivera, ni sus hijas ni el señor Crespo han regresado a sus hogares y sus familiares nunca más volvieron a tener noticias de ellos.
- ¿Qué Derechos Fundamentales fueron violados en este caso?
- ¿Cuál sería su actitud frene a este caso?
- ¿Por qué cree que el estado no se preocupa por estos casos?
“¡Una periodista ha desaparecido!”
“Imagínate que eres una periodista y has publicado un artículo que ha molestado mucho a alguien que ocupa un alto cargo. Al día siguiente unos desconocidos entran en tu casa y te secuestran. Te golpean y te encierran sola en una habitación.
Nadie sabe dónde te encuentras. Nadie ha hecho nada por ayudarte. Permaneces allí durante varios meses.”
Se han quitado a esa periodista algunos de sus derechos básicos.
Debate:
1. De acuerdo con la Declaración Universal de Derechos Humanos, qué artículos concretos de la Declaración Universal se han violado.
2. ¿A quién se podría recurrir para que prestase ayuda en este caso?
3. Cada estudiante debe escribir una carta al Ministro de Justicia de ese país en la que se mencionen esos derechos y exija justicia.
4. O escribir una carta abierta al periodista apoyando su causa.
¿Cuándo se tiene “edad suficiente”?
Eku y Romit se conocieron en la escuela primaria, en la que se sentaban uno al lado del otro. Pronto se hicieron amigos, aun que había un problema. Sus familias eran de grupos sociales distintos con una larga tradición de desconfianza mutua. Por eso, cuando Romit preguntó si Eku podía ir de visita a su casa, los padres se negaron categóricamente, y viceversa. La familia de Eku habló con su profesora para exigir que sentara separados a los amigos. Sin embargo, mantuvieron la amistad hasta que mandaron a Eku a otra ciudad a cursar la escuela secundaria. Ambos amigos prometieron escribirse, pero cuando Romit tenía carta de Eku, sus padres la rompían antes de que Romit pudiera abrirla. Romit entiende lo que sienten sus padres pero cree también que, con 16 años, tiene edad suficiente para elegir a sus amigos y también derecho a que su correo sea privado.
Temas de debate:
1. ¿Qué derechos tiene Romit según la Convención sobre los Derechos del Niño?
2. ¿Cómo puede determinarse la “evolución de las facultades” de Romit?
3. ¿Qué derechos tienen los padres de Romit?
4. Plantéense estrategias sobre cómo podría resolverse este conflicto.
LECTURAS DE APOYO
1. Constitución Nacional.
2. Declaración Universal de los Derechos del Hombre
3. Videos, Lecturas
4. Páginas web:
5. Colegios amigos de los derechos humanos: http://www.amnesty.org/en/node/16156
6. Naciones Unidas: http://www.un.org/es/
7. Naciones Unidas en Colombia: http://www.nacionesunidas.org.co/
8. Amnistía Internacional: http://www.es.amnesty.org/index.php
9. Colombianos y Colombianas por la paz: http://www.colombianosporlapaz.com/
10. Fundación Educación para la Democracia y la Paz – Demopaz: http://www.fundaciondemopaz.org/inicio/
11. Asociación de Familiares de desaparecidos- Asfaddes: http://www.asfaddes.org/
12. Movimiento nacional de víctimas de crímenes de estado: http://www.movimientodevictimas.org/
13. Centro de Memoria paz y reconciliación: http://www.centromemoria.gov.co/
14. Proyecto Memoria y Palabra: http://memoriaypalabra.blogspot.com/
15. Corporación Nuevo Arco Iris: http://www.nuevoarcoiris.org.co/sac/
16. Derechos Humanos en Colombia: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/
17. Los Derechos Humanos en Colombia: http://www.monografias.com/trabajos/derhumcol/derhumcol.shtml
18. Informe de Naciones Unidas sobre Derechos Humanos en Colombia en 2010: http://www.hchr.org.co/documentoseinformes/informes/altocomisionado/Informe2010_esp.pdf
19. Defensoría del Pueblo: http://www.defensoria.org.co/red/
20. Defensores de Derechos Humanos en Colombia: http://www.colectivodeabogados.org/LOS-DEFENSORES-DE-DERECHOS-HUMANOS
21. Crecimiento económico o Desigualdad: http://www.zonaeconomica.com/crecimiento-pobreza
22. Economía, Desigualdad y Conflicto en Colombia: http://www2.uah.es/econ/Ensayos/CMGViolenciaDesigColombia.PDF
23. Desigualdad y Democracia en Colombia: http://www.elespectador.com/desempleo/columna161464-desigualdad-y-democracia-colombia
24. Colombia, desigualad social y gastos de guerra: http://colombia.indymedia.org/news/2008/04/85857.php
25. Colombia es el país de las desigualdades: http://radareconomicointernacional.blogspot.com/2010/08/colombia-es-el-pais-de-las.html
26. Educación en el plan de desarrollo: profundización de la privatización: http://viva.org.co/escuelas/?p=159
Etiquetas:
Derechos Humanos,
Reflexión Social
martes, 6 de septiembre de 2011
Material de Apoyo par Taller de Derechos Humanos
MATERIAL DE APOYO PARA LOS TALLERES
DEFINICION, ORIGEN Y CARACTERISTICAS
DE LOS DERECHOS HUMANOS
1. ¿COMO DEFINIR LOS DERECHOS HUMANOS?
Podemos decir que son atributos, bienes, poderes, capacidades que pertenecen a todo ser humano por el solo hecho de serlo en razón de su dignidad y cuya existencia y titularidad no está condicionada a la voluntad ni de los gobernantes ni de ningún Estado ni de ninguna sociedad en particular.
Los Derechos Humanos son bienes que todo ser humano posee por encima de la voluntad de los Estados y que el Estado debe respetar y garantizar en todo momento.
Ahora bien, aún cuando los Derechos Humanos son bienes inherentes al ser humano, reconocidos en virtud del principio de dignidad que lo caracteriza, su vigencia y protección están más garantizadas en aquéllos Estados en donde la democracia y el respeto a los principios de la justicia son pilares rectores del ejercicio del poder por parte de los gobernantes.
Lo anterior significa que no siempre, ni en todos los Estados del mundo, se garantizan y protegen adecuadamente los Derechos Humanos.
La historia de la humanidad ha estado marcada por la búsqueda del respeto a la dignidad del ser humano y por la creación de condiciones materiales y espirituales que le permitan vivir y desarrollarse dignamente. En esta búsqueda, miles de hombres y mujeres, en distintas regiones del planeta se han enfrentado continuamente a las arbitrariedades y abusos en el ejercicio del poder.
Por ello se dice también que los Derechos Humanos constituyen a la vez un límite al ejercicio del poder del Estado, lo que quiere decir que hay espacios en los cuales el poder del Estado no puede entrar, tales como la intimidad o el pensamiento de las personas y un cauce para que ese poder se ejerza sin arbitrariedades y sin autoritarismos, respetando siempre a las personas y sus derechos.
2. ¿DESDE CUANDO PODEMOS DECIR QUE EXISTEN LOS DERECHOS HUMANOS?
Para algunos teóricos de los Derechos Humanos, éstos han existido desde siempre, esto es, desde que existe el ser humano sobre la tierra, precisamente porque son atributos que le pertenecen al ser humano por el solo hecho de serlo.
Para quienes consideran que los Derechos Humanos han acompañado al hombre desde siempre, la historia está llena de ejemplos que corroboran esa afirmación.
Se cita con mucha frecuencia el texto del Código del Rey de Babilonia Hamurabi, escrito 16 siglos antes de Cristo, en el que se protegía de manera especial a los más débiles o las recomendaciones del Califa Abu Bakr As-Siddiq al comandante de sus ejércitos, cuando en una de sus expediciones le señaló lo siguiente: "Recordad que Dios siempre tendrá puesta la mirada en vosotros, conducíos como hombres, sin dar nunca la espalda, pero que la sangre de mujeres o niños o ancianos no mancille vuestra victoria..."; y también se recuerda el episodio de la princesa Antígona, cuando se rebeló ante su rey e invocó el derecho a la desobediencia de una orden injusta que le impedía enterrar religiosamente a su hermano.
Estos ejemplos y otros más que registra la historia de distintos pueblos en distintas épocas están mostrando que el hombre siempre ha reivindicado unos derechos que le son propios en virtud del principio de dignidad del ser humano.
Ahora bien, aún cuando esta posición frente a los Derechos Humanos tiene una fundamentación histórica indiscutible, lo cierto es que una conciencia universal sobre la existencia, vigencia y respeto de los Derechos Humanos es muchísimo más reciente. Se corresponde con la que se denomina "época moderna", que se caracteriza porque el ser humano reclama libertad religiosa, libertad intelectual, libertad política y libertad económica.
Podemos decir que los Derechos Humanos empiezan a ser reconocidos por pueblos y por gobiernos a partir de las distintas declaraciones de derechos escritas en el siglo XVIII.
Entre esas declaraciones encontramos las proclamadas por el pueblo norteamericano en su proceso de independencia, entre ellas la Declaración de Derechos del Buen Pueblo de Virginia, del 12 de junio de 1776 y la Declaración de Independencia de los Estados Unidos del 4 de julio de 1776.
En la Declaración de Derechos del Buen Pueblo de Virginia se decía:
"Que todos los hombres son por naturaleza igualmente libres e independientes y tienen ciertos derechos innatos, de los que, cuando entran en estado de sociedad, no pueden privar o desposeer a su posteridad por ningún pacto, a saber: el goce de la vida y de la libertad, con los medios de adquirir y poseer la propiedad y de buscar y obtener la felicidad y la seguridad."
Esta Declaración está reconociendo la existencia de unos derechos inherentes -innatos- a todo ser humano, que existen antes de la constitución de los Estados, como forma de organización política, y se oponen al ejercicio del poder político, limitándolo. Esos derechos se consideran como derechos fundamentales y son los derechos a la vida, a la libertad, a la propiedad, a la seguridad y a la felicidad.
Sin embargo la Declaración de Derechos que más revolucionó el orden social y político de los Estados en función del respeto y garantía de los Derechos Humanos fue la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de la Revolución Francesa de 1789.
La Declaración francesa señaló en sus artículos que:
"Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden fundarse en la utilidad común...
La meta de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Estos derechos son: la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión...
Toda sociedad en la cual la garantía de los derechos no está asegurada ni la separación de poderes establecida, no tiene Constitución..."
Desde la Revolución Francesa de 1789 se reconoce que la finalidad de cualquier Estado es la protección de los derechos de las personas sometidas a su jurisdicción, que estos derechos pertenecen en igualdad de condiciones a todos los seres humanos y que un Estado de Derecho es aquél que respeta los derechos y libertades de los seres humanos y se organiza mediante un régimen democrático.
Desde 1789 hasta hoy la humanidad ha caminado un largo y difícil trecho en la búsqueda de la protección de los Derechos Humanos. El pensamiento socialista del S. XIX y los movimientos que se inspiraron en el mismo, incluida la revolución rusa del año 1917 aportaron mucho al desarrollo de los derechos económicos, sociales y culturales. El pensamiento liberal de los siglos XVIII y XIX y el pensamiento socialista de los siglos XIX y XX constituyen dos grandes vertientes que, desde distintas maneras de ver la sociedad y el hombre, han contribuido indiscutiblemente al desarrollo de la conciencia universal en torno a los Derechos Humanos.
Sin embargo, fue necesario sufrir los horrores de las dos guerras mundiales -la Primera de 1914 a 1918 y la Segunda de 1939 a 1945- para que los países del mundo decidieran convertir en normas jurídicas de carácter universal, que obligan a todos los Estados, los Derechos Humanos.
El 10 de diciembre de 1948 se aprobó, en la ciudad de New York, por la Asamblea General de las Naciones Unidas la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en 30 cortos artículos recoge y protege las libertades y Derechos Humanos más caros al ser humano: la vida, la integridad, la libertad de pensamiento y de opinión, la libertad de asociación y reunión, la seguridad, la propiedad individual y colectiva, el derecho al asilo, el derecho al trabajo, el derecho al descanso y al disfrute del tiempo libre, el derecho a la salud y al bienestar, el derecho a la educación, el derecho a participar en el gobierno de su país, el derecho a tomar parte libremente en la vida cultural y el derecho a una justicia objetiva e imparcial, entre otros.
Entre las consideraciones que tuvo la Asamblea General de las Naciones Unidas para aprobar la Declaración Universal de Derechos vale la pena destacar las siguientes:
"Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y menosprecio de los Derechos Humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los Derechos Humanos sean protegidos por un régimen de derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión..."
Estos ideales contenidos en la primera Declaración Universal de Derechos Humanos han marcado la lucha de los pueblos del mundo en la segunda mitad del presente siglo por reafirmar y garantizar el respeto a los derechos fundamentales como una nueva forma de organización de las sociedades y de convivencia entre los hombres.
Para muchos pensadores de este siglo los Derechos Humanos se constituyen, además de normas jurídicas de derecho internacional y de derecho nacional, en el núcleo esencial de una ética universal que debe guiar siempre el comportamiento tanto de gobernantes como de gobernados.
Pero pese a los compromisos internacionales adquiridos por los Estados del Mundo al firmar los numerosos instrumentos de Derechos Humanos que después de la Declaración Universal de los Derechos Humanos han desarrollado y ampliado los derechos básicos contenidos en los 30 artículos de la Declaración y pese a los esfuerzos de miles de pensadores y defensores de los Derechos Humanos en el mundo, la violación y el desconocimiento de estos derechos sigue siendo una práctica no superada por muchos gobiernos.
Por eso la promoción, defensa y protección de los Derechos Humanos sigue siendo una actividad que demanda el esfuerzo y el compromiso de mujeres y hombres en todos los países del mundo.
DE LOS DERECHOS HUMANOS APROBADOS POR LA
COMUNIDAD INTERNACIONAL DE LOS ESTADOS
Ö Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (aprobado en 1966, entró en vigor el 3 de enero de 1976)
Ö Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (aprobado en 1966, entró en vigor el 23 de marzo de 1976)
Ö Proclamación de Teherán (Proclamada en la Conferencia Internacional de Derechos Humanos en Teherán el 13 de marzo de 1968)
Ö Convención internacional sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación racial (Aprobada el 21 de diciembre de 1965, entró en vigor el 4 de enero de 1969)
Ö Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza (Aprobada el 14 de diciembre de 1960, entró en vigor el 22 de mayo de 1962)
Ö Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (Aprobada el 18 de diciembre de 1979, entró en vigor el 3 de septiembre de 1981)
Ö Convención para la Prevención y la Sanción del delito de Genocidio (Aprobada el 9 de diciembre de 1948, entró en vigor el 12 de enero de 1951)
Ö Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Aprobada el 10 de diciembre de 1984, entró en vigor el 26 de junio de 1987)
Ö Declaración sobre el derecho al desarrollo (Adoptada por la Asamblea de Naciones Unidas el 4 de diciembre de 1986).
Ö Convención Americana sobre Derechos Humanos (aprobada por la Asamblea General de la OEA el 22 de noviembre de 1969, entró en vigor el 18 de julio de 1978)
Ö Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura (aprobada por la Asamblea General de la OEA el 9 de diciembre de 1985, entró en vigor el 28 de febrero de 1987)
Ö Convención Americana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer (aprobada por la Asamblea General de la OEA en junio de 1994, entró en vigor en marzo de 1995)
3. CARACTERISTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS
Los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, la jurisprudencia de las instancias internacionales de protección de los Derechos Humanos y la doctrina de los Derechos Humanos, han precisado como características de estos derechos las siguientes: su carácter universal, su carácter inviolable, su carácter de innegociables, su carácter imprescriptible, su carácter irreversible, su carácter indivisible.
Los Derechos Humanos son universales.
Desde la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se reconoce que los titulares de los Derechos Humanos son todos los seres humanos, no importa la edad que tengan, ni su sexo, ni su raza, ni la religión que profesen, ni cuáles sean sus ideas, ni cuál sea su nacionalidad.
Por eso los Derechos Humanos son universales y por eso todos los seres humanos son iguales como titulares de los Derechos Humanos.
Los Derechos Humanos no aceptan que se discrimine negativamente a las mujeres frente a los hombres, o a los niños frente a los adultos, o a los indígenas frente a los mestizos, o a los negros frente a los blancos, o a los nacionales de un país frente a los nacionales de otros países.
Los Derechos Humanos son inviolables.
Nadie, ni el Estado, ni los gobernantes, ni la Policía, ni el Ejército, ni los funcionarios públicos pueden violar los Derechos Humanos.
Los Derechos Humanos nacieron de las luchas de los seres humanos contra las tiranías, contra las arbitrariedades y contra los abusos del poder y los Estados del mundo se vieron obligados a reconocerlos y a respetarlos.
Cuando un funcionario del Estado viola el derecho humano de cualquier ser humano debe responder por el daño causado y el Estado se hace responsable internacionalmente, ante los demás Estados, por la violación de ese derecho.
Esto significa que todo ser humano posee una serie de derechos que ningún Estado del mundo puede negarle ni violarle, sin que ello le genere inmediatamente una responsabilidad ante la comunidad internacional que integran los demás Estados.
Los Derechos Humanos son innegociables.
Los Derechos Humanos no se negocian, no se regatean, no se regalan. Los Derechos Humanos son bienes que pertenecen de manera absoluta a cada uno de los seres humanos, son inherentes a los seres humanos y ninguna autoridad puede negociarlos.
Los Derechos Humanos son imprescriptibles.
Los Derechos Humanos no se agotan, no se acaban, no terminan, no prescriben. Ninguna autoridad puede negar a una persona el ejercicio de un derecho humano en un momento determinado alegando que han pasado muchos años sin que antes lo hubiese ejercido. Los Estados no pueden, por ejemplo, justificar la violación del derecho de las mujeres a disponer de su cuerpo alegando que durante siglos ellas no lo han ejercido o no pueden justificar la no-aplicación de justicia porque las víctimas de una violación de derechos han dejado transcurrir el tiempo sin acudir a los jueces.
Los Derechos Humanos son irreversibles y progresivos.
La conquista en la consagración y garantía de los Derechos Humanos es progresiva. La consagración de nuevos derechos no excluye ni desestima la vigencia de los derechos antes consagrados y la existencia de viejos derechos no impide que las nuevas condiciones sociales que viven los distintos pueblos del mundo determinen el surgimiento de otros derechos, como ha sucedido, por ejemplo, con el llamado derecho de "habeas data" que busca proteger la privacidad e intimidad de las personas frente a los poderes de los actuales sistemas de información y de comunicación.
El desarrollo en la protección de nuevos derechos o de nuevas formas de un mismo derecho se hace sobre el supuesto de la vigencia de todos los derechos anteriormente consagrados.
Los Derechos Humanos son indivisibles.
No hay Derechos Humanos más o menos importantes que otros. No hay Derechos Humanos de mejor categoría que otros. Todos los Derechos Humanos que pertenecen a cada ser humano deben ser igualmente respetados y garantizados por el Estado, por todas sus autoridades y por los gobernantes y por eso no podemos hablar de divisiones de los Derechos Humanos.
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